Hola:
Para llevar un perro a Gibraltar (Reino Unido) debe cumplir lo establecido en el reglamento 998/2003 del Parlamento Europeo y del consejo de la unión Europea que entro en vigor el 26 de Mayo de 2003.
Este reglamento, para el desplazamiento de perros entre Estados miembros dice:
En el capitulo II Articulo 5 punto 1 y Articulo 6 puntos 1,2 y 3
En resumen:
-El perro debe estar identificado mediante chip que cumpla la norma ISO 11784 o ISO 11785.
-Debe ir acompañado de pasaporte veterinario oficial firmado y sellado por un medico veterinario autorizado.
-Debe estar vacunado contra la rabia y que esta vacuna este en periodo de validez.
Durante un periodo transitorio de 5 años desde que entró en vigor este reglamento (es decir hasta el 26 de Mayo de 2008) para entrar en Irlanda, Suecia y Reino Unido se debe hacer un análisis de anticuerpos neutralizantes (prueba serológica antirrábica) de como mínimo 0,5UI/ml en una muestra tomada en los plazos establecidos, normalmente el plazo para tomar la muestra es de 30 días después de poner la vacuna y el análisis se debe hacer en un laboratorio autorizado por la UE.
Listado de laboratorios autorizados por la UE:
http://ec.europa.eu/food/animal/liveanimals/pets/approval_en.htm