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Prohibido más de tres perros por piso PDF Imprimir E-Mail
Escrito por Pug   
jueves, 01 de noviembre de 2007
  • La nueva ordenanza de tenencia de animales actualiza el régimen de infracciones.
  • Pueden tenerse hasta cinco mascotas si se vive en un inmueble unifamiliar aislado.
  • No se permite dejar a los animales domésticos en espacios abiertos entre las 22 y las 8 horas.

El Ayuntamiento de Viladecans (Barcelona) ha aprobado la nueva ordenanza de tenencia de animales que actualiza el régimen de infracciones con la incorporación de nuevas medidas para garantizar la responsabilidad de los propietarios, evitar problemas de convivencia y proteger a los animales.

La ordenanza, que entrará en vigor el enero de 2008, regula el número de animales de compañía permitido por vivienda de forma que no suponga un riesgo o incomodidad para las personas y los mismos animales: en un mismo inmueble, en zona residencial colectiva, no se permite más de tres gatos o perros, y cinco en un inmueble unifamiliar aislado.

Según ha informado el Consistorio, entre las acciones que suponen infracciones leves se encuentra la prohibición de criar animales domésticos en los domicilios de manera reiterada si no se trata de un centro de cría, así como hacer negocio con esta actuación o la alimentación de los animales en la vía pública

También consta la obligatoriedad de censar los animales en el plazo máximo de tres meses desde el nacimiento y de 30 días desde la fecha de adquisición; la prohibición de dejar en patios, terrazas, galerías y balcones u otros espacios abiertos los animales domésticos entre las 22 y las 8 horas; y la obligación de llevar a los perros en la vía pública con correa.

Se incorporan como infracciones, en este caso de carácter grave, el acceso de animales de compañía a las piscinas públicas y playas dentro de los horarios establecidos para la temporada de baño, dejar las deposiciones fecales de perros y otros animales en la vía pública, o permitir que los animales orinen en parques infantiles y fachadas de edificios.

Con la nueva ordenanza, cada infracción leve tendrá su sanción definida. Las sanciones mínimas de 30 euros pasan a ser de 100 euros y las máximas de 300 euros pasan a ser de 400 euros. Las multas por infracciones graves --de 401 a 2.000 euros-- y muy graves --de 2.001 a 20.000 euros-- se mantienen.

Fuente www.20minutos.es  

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